Normativa sobre toldos en la rehabilitación de edificios

Uno de los elementos que más se pueden ver en balcones y fachadas de todo tipo son los cerramientos y los toldos. Estos están presentes en prácticamente todos los edificios y, pese a que se trata de elementos muy cotidianos, suelen traer muchísimos problemas y desacuerdos entre los vecinos, especialmente cuando se ha decidido llevar a cabo una rehabilitación de edificios y toca ponerse de acuerdo sobre lo que se quiere instalar y lo que no.
El motivo principal de las discusiones, tanto si se va a efectuar una rehabilitación de edificios completa como si es un único vecino el que quiere instalar un toldo, es que todos los cambios que afecten a la estética del edificio deben aprobarse por unanimidad: la instalación de estos elementos debe recibir el 100% de los votos para poder realizarse.
También debe someterse a voto el modelo, el color y el tamaño de los toldos o del cerramiento. En este caso bastará con obtener una mayoría de votos para llegar a un acuerdo. El principal objetivo de esta normativa es reducir el impacto visual que provoca el edificio y conseguir una estética uniforme en la fachada.
El caso de los cerramientos de terrazas y balcones es algo más complejo, ya que al tratarse de una estructura que afecta el estado del edificio también es necesario contar con la aprobación de todos los vecinos. La rehabilitación de edificios suele ser un momento clave para renovar la fachada de cualquier bloque, así que siempre es una buena idea exponer este tipo de temas en las juntas de vecinos que se realicen antes de que comience el proceso de rehabilitación.
De esta manera, conseguiremos tener bien definidos y, sobre todo, puestos por escrito todos los puntos a tratar y la rehabilitación será más sencilla y eficaz. Además evitaremos que se queden en el tintero modificaciones que deberemos realizar con posterioridad.
Para evitar este tipo de quebraderos de cabeza lo más aconsejable es consultar los estatutos de la comunidad. En caso de que no estuviera reflejado hay que añadir una cláusula en la que se especifique de forma clara y concisa la decisión que hayamos tomado sobre el tema junto con nuestros vecinos. Con este procedimiento evitamos discusiones en un futuro. Así pues, si se ha aprobado realizar una rehabilitación de edificios es buen momento para modificar los estatutos y añadir todos los puntos que se consideren convenientes y que no estén contemplados en los mismos.
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